El eurodiputado electo de Junts, Toni Comín, ha respondido a las graves acusaciones de acoso sexual y psicológico publicadas por el diario ‘Ara’, negando rotundamente los hechos y, más importante aún, cuestionando la legalidad del procedimiento interno llevado a cabo por el Parlamento Europeo. Según el exconseller, la investigación que daría la razón a un exasistente se ha realizado a sus espaldas, vulnerando principios jurídicos básicos.
Un Procedimiento Cuestionado en su Origen
La defensa de Comín no se centra únicamente en negar la veracidad de los hechos, sino en atacar la validez formal de la investigación parlamentaria. El eurodiputado asegura que el Parlamento Europeo «nunca le ha comunicado esta resolución» y que jamás fue convocado para explicar «la verdad de los hechos porque el PE no ha abierto nunca un procedimiento de instrucción».
Esta afirmación pone en tela de juicio la imparcialidad y las garantías del proceso. Según Comín, la resolución filtrada a la prensa es «absolutamente preliminar» y, lo que es más grave, «se ha dictado sin un proceso de contradicción de las partes». Con estas palabras, el político de Junts sugiere que se ha emitido un juicio de valor sin haberle permitido presentar pruebas o testigos, de los que afirma disponer en cantidad «más que suficiente» para demostrar su inocencia.
Cualquier procedimiento sancionador, ya sea administrativo o parlamentario, debe respetar el derecho fundamental a la defensa. Este incluye el principio de contradicción (audi alteram partem), que garantiza que la persona acusada sea oída y pueda presentar las pruebas que considere pertinentes antes de que se dicte una resolución. Si, como afirma Toni Comín, no fue convocado para testificar ni se le dio la oportunidad de defenderse, la resolución del Parlamento Europeo podría ser nula de pleno derecho por un vicio de procedimiento insubsanable.
Filtraciones y la Amenaza de Acciones Legales
Además de la supuesta indefensión, Comín ha lamentado la filtración de un documento que califica de preliminar, una práctica que enturbia el caso y genera un juicio mediático paralelo. En su comunicado, el eurodiputado se ha reservado «el derecho a emprender las acciones legales que correspondan contra las personas que están denunciando falsamente, con voluntad de difamación».
Asimismo, ha puntualizado que la persona denunciante no era formalmente asistente suya, un detalle que podría ser relevante en el desarrollo del caso. La situación abre ahora un doble frente: por un lado, la investigación sobre las acusaciones de acoso y, por otro, la posible batalla legal de Comín contra lo que considera una vulneración de sus derechos procesales y un ataque a su honor.
El informe interno del Parlamento Europeo no es una sentencia judicial. Para que el caso llegue a los tribunales ordinarios, se deben seguir varios pasos. Si la presunta víctima interpone una denuncia en la jurisdicción competente (por ejemplo, en Bélgica), el tribunal nacional debería solicitar al Parlamento Europeo la suspensión de la inmunidad de Toni Comín a través de un suplicatorio. Solo después de que el pleno de la Eurocámara apruebe dicha suspensión, el eurodiputado podría ser juzgado como cualquier otro ciudadano. La investigación interna, por tanto, es un paso previo pero no vinculante judicialmente.
En definitiva, el caso expone no solo una grave acusación personal, sino también las posibles deficiencias en los mecanismos internos de una institución europea clave, donde la presunción de inocencia y el derecho a un proceso con todas las garantías deben prevalecer por encima de cualquier otra consideración.



