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Caso Forestalia: La trama de sobornos y prevaricación que sacude al Ministerio de Transición Ecológica

Un reciente atestado de la Unidad Central Operativa de Medio Ambiente (UCOMA) de la Guardia Civil, fechado el 10 de marzo, desvela los contornos de una presunta trama de corrupción enquistada en el Ministerio para la Transición Ecológica durante la etapa de Teresa Ribera. El informe, que los propios agentes califican como «primeras impresiones de los indicios obtenidos», apunta a una red organizada para favorecer a la empresa Forestalia mediante la manipulación de declaraciones de impacto ambiental a cambio de sobornos.

La investigación sitúa en el centro de la trama a seis personas: Jesús Domínguez Collado, ex subdirector General de Evaluación Ambiental; su esposa, Montserrat Heredero; el empresario Fernando Samper, propietario de Forestalia; los hermanos Eduardo y Roberto Pérez Agueda, como presuntos intermediarios; y el notario Javier de Lucas y Cadenas.

El alto cargo en el MITECO y su ‘modus operandi’

Según el sumario, Jesús Domínguez Collado, de 72 años, habría utilizado su posición en el ministerio para crear una «vía paralela de tramitación» al servicio de Forestalia. Los investigadores de la UCOMA señalan una serie de graves irregularidades que apuntan directamente al delito de prevaricación. Entre ellas, destacan la recepción de proyectos en memorias USB «evitando el registro de entrada preceptivo y rompiendo la trazabilidad legal», o el hecho de que Domínguez figurara en los expedientes «simultáneamente como «consejero responsable» y «técnico responsable»», eliminando así cualquier control interno.

El informe va más allá y afirma que el ex alto cargo «desplazó a los técnicos funcionarios del Ministerio y utilizó a personal de la empresa pública TRAGSATEC como una «guardia pretoriana» bajo sus órdenes directas». Un ejemplo paradigmático, según los agentes, son los proyectos «Masía I y Masía II», donde, tras un borrador técnico desfavorable, Domínguez «se autoasignó el expediente y ordenó modificarlo para emitir una resolución favorable».

Apunte Jurídico: El delito de prevaricación administrativa, tipificado en el artículo 404 del Código Penal, sanciona a la autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, dictare una resolución arbitraria en un asunto administrativo. No se trata de una mera irregularidad, sino de una actuación que sustituye la legalidad por la voluntad personal del funcionario. Los indicios descritos por la UCOMA —como evitar los registros oficiales, eliminar la dualidad de roles de evaluación y supervisión, o alterar informes técnicos desfavorables— encajan en la definición de arbitrariedad, al suponer un apartamiento deliberado y grosero del procedimiento legalmente establecido.

El pago del favor: Cohecho y blanqueo a través de un entramado societario

La contraprestación por este trato de favor, según la Guardia Civil, se habría materializado a través de una compleja operación de cohecho y blanqueo de capitales. Los investigadores sostienen que «es fácil deducir (…) que la contraprestación que se ha descrito fue a cambio de esta facilitación irregular».

El mecanismo presuntamente consistió en la compra por parte de Domínguez y su mujer de dos sociedades, Caliope Energy Green y Caliope Smart Energy, que a su vez poseían el 97% de Babieca Investment Renewable. Esta última, según el atestado, fue beneficiaria de un préstamo de 5.200.000 euros de una empresa de Eduardo Pérez Águeda, lo que incrementó «indirectamente el valor patrimonial de las empresas adquiridas por el ex Subdirector General».

La UCOMA afirma que la trama empresarial «está formada por multitud de empresas ficticias» cuyo único propósito era «pagar a un responsable público con capacidad de influencia para el beneficio de Forestalia». La esposa de Domínguez, Montserrat Heredero, figura como administradora de una de estas sociedades pantalla, con un objeto social (diseño y decoración) que los investigadores consideran «lógicamente insostenible» para justificar los ingresos.

Apunte Jurídico: El cohecho pasivo (Art. 419 CP) lo comete el funcionario que solicita o recibe un beneficio para realizar un acto injusto relacionado con sus funciones, mientras que el cohecho activo lo comete el particular que ofrece o entrega dicho beneficio. La investigación apunta a una estructura societaria compleja para canalizar los pagos, lo que conecta directamente con el delito de blanqueo de capitales (Art. 301 CP). Este delito consiste en ocultar o encubrir el origen ilícito de bienes, y el uso de empresas pantalla es un método clásico para dar apariencia de legalidad a fondos procedentes de actividades delictivas como el cohecho.

Los beneficiarios y facilitadores de la trama

En el otro extremo de la operación se sitúa Fernando Samper Rivas, propietario de Forestalia, a quien la UCOMA acusa de cohecho activo por ser el presunto pagador de los sobornos. Su grupo empresarial es señalado como «el principal y casi exclusivo beneficiario de un trato privilegiado».

Como piezas clave en la intermediación aparecen los hermanos Eduardo y Roberto Pérez Agueda. Según el informe, Eduardo actuaba como «testaferro» conectando a Forestalia con el funcionario, mientras que Roberto fue quien presuntamente «le ofreció y le explicó al funcionario la forma en la que crearían una estructura societaria» para canalizar los beneficios ilícitos.

Finalmente, el notario Javier de Lucas y Cadenas es acusado de ser una «herramienta esencial para la ejecución del blanqueo de capitales», al proporcionar una «estructura de opacidad deliberada» y omitir, según los agentes, «numerosos deberes de comprobación establecidos por la Ley de Prevención de Blanqueo de capitales».

En conjunto, la Guardia Civil considera que existen evidencias de una «organización criminal» con una clara división de funciones y permanencia en el tiempo, cuyo objetivo era subvertir los procedimientos administrativos para el lucro privado, poniendo en tela de juicio la integridad de la evaluación ambiental en uno de los ministerios clave del Gobierno.