Autor: Santiago Gómez-Randulfe
Email: santiagograndulfe@gmail.com
¿Por qué los ciudadanos del País Vasco tributan en el rescate de un plan de pensiones como rendimientos del trabajo lo aportado y como rendimientos del capital mobiliario lo generado por el plan en su inversión a lo largo de los años; mientras que, los del Territorio Común, tributan todo como rendimientos del trabajo?
Creo que ya está bien de discriminación. O ¿es que tenemos que simular residir en otro domicilio para rescatar los planes de pensiones?
P.S.: la posición de la Hacienda Foral del País Vasco me parece la de sentido común, pues el contribuyente sólo se ha deducido en IRPF lo aportado y no lo generado.



